Caldera de gas Ariston Cares Premium 30 FF

Características de la Caldera de gas Ariston Cares Premium 30 FF :

• Bomba de alta eficiencia muy silenciosa y con modulación continua de bajo consumo eléctrico

• Compatible con la centralita Sensys Net y con equipos que usan el protocolo de comunicaciones BusBridgenet®

• Display LCD retroiluminado

• Dimensiones compactas y peso reducido

• Intercambiador primario de aluminio silicio

• Barra de conexiones con grifos y racores

• Válvula de tres vías motorizada

• Filtro entrada agua fría y retorno calefacción

• Compatible con instalación solar

• Sistema autodiagnóstico mediante código

• Acceso frontal a conexiones eléctricas

• Componentes internos mejorados

• Compatible con gas natural y GLP

 

Ficha Técnica de la Caldera de gas Ariston Cares Premium 30 FF

POTENCIA

Potencia nominal máx/min (calef.) PCI kW: 29,0/6

Potencia nominal máx/min (sanit.) PCI kW: 29,0/6

Potencia útil máx/min (60/80ºC) (calef.) kW: 28,4/5,8

Potencia útil máx/min (sanit.) kW: 28,4/5,8

RENDIMIENTOS

A la potencia nominal (60/80ºC) PCI %: 97,5

A la potencia nominal (30/50ºC) PCI %: 104

Al 30 % de la potencia nominal (PCI) %: 108

PRESTACIONES

Temperatura máx/mín.calefacción (alta temp.) ºC: 35/82

Temperatura máx/mín.calefacción (baja temp.) ºC: 25/45

Temperatura máx/mín. sanitario ºC: 36/60

Caudal agua caliente a ΔT 25º C l/m: 16,3

PARTE ELÉCTRICA

Tensión/Frecuencia de alimentación V/Hz: 230/50

Potencia eléctrica absorbida total W: 82

Grado de protección eléctrica IP: X5D

PESO Y DIMENSIONES

Peso kg: 27

Dimensiones (alto-ancho-fondo) cm: 74,5-40-31,5

Clase Erp CALEF/ACS ErP: A/A

Perfil de consumo ErP: XL

Ariston
3301323

DOCUMENTOS BOE PARA LOS AIRES ACONDICIONADOS GAS R32

Según normativa integrada en el BOE, los equipos que contienen gases fluorados, han de ser instalados por empresas habilitadas con personal acreditado para su instalación conforme al Real Decreto 115/2017 de 17 de febrero, y el Reglamento (UE) 517/2014 sobre gases fluorados de efecto invernadero.

Las empresas que distribuyen e instalan estos equipos tenemos la obligación de informar al cliente de la mencionada normativa. El cliente al comprar un equipo que contenga gas fluorado en cualquier comercio, tiene la obligación de cumplimentar la parte A del documento del BOE y devolverlo firmado al establecimiento donde lo ha adquirido para que el equipo pueda ser enviado. La parte B dispondrá de un plazo máximo de un año, a contar desde la fecha de compra.

Pulsando el enlace puedes descargarte los documentos del BOE que nos debes devolver cumplimentados: Documentos BOE

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